domingo, 19 de setembro de 2010

Censo 2010: Argentina vai contar Afrodescendentes

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Um censo consistente
Argentina

El próximo 27 de octubre (2010) se realizará en Argentina el Censo Nacional de Población, que este año incluye modificaciones en la cédula censal y en el análisis de la información recolectada con la intención de visibilizar a algunos sectores de la población como afrodescendientes, personas LGBT, pueblos originarios y personas con discapacidades. El registro de los afrodescendientes es una de las grandes modificaciones introducidas en el Censo, pues este grupo no es contabilizado desde 1885, explica Carlos Álvarez, Coordinador de Temáticas Afrodescendientes del Instituto Nacional de Estadística y Censo, INDEC. Los encuestadores preguntarán a cada miembro del hogar si es afrodescendiente o en su familia existe algún descendiente de africanos. “Por primera vez tendremos un dato oficial de cuántos afrodescendientes hay en el país y en qué condiciones viven. Para el movimiento afro es un gran logro ya que tenemos 200 años de invisibilidad y el hecho de que el Estado produzca este dato es un paso hacia la formación de políticas públicas”, manifestó Álvarez, quien además es secretario general del grupo África y su diáspora e integrante de la organización 100% Diversidad y Derechos.

El bloque de preguntas censales referidas a la discapacidad también cambió. El censo de 2001 se limitaba a preguntar si en los hogares vivían personas con discapacidad; este año las preguntas formarán parte de la unidad de análisis “población”, lo que permitirá identificar características sociodemográficas tales como migración, condición educativa y ocupación de las personas con discapacidad.

En lo que atañe a pueblos originarios, se indagará la adscripción étnica en la composición de los hogares. Cabe aclarar que el INDEC ya realizó una encuesta sobre pueblos originarios en todo el país.

En materia de diversidad sexual, este censo elimina una “pauta de inconsistencia” (técnica de control de los formularios censales) que en el censo de 2001 no admitía el registro y procesamiento de parejas del mismo sexo. Al procesar esa información como un dato inconsistente, cambiaba arbitrariamente la información sobre el vínculo o el sexo de alguna de las dos personas para resolver la aparente contradicción. En palabras de Álvarez,“con el avance de la comunidad LGBT y la aprobación de la ley de matrimonio igualitario, la dirección del INDEC decidió corregir esta pauta y avanzar un paso más, ya que los censistas tendrán la directiva de respetar la respuesta del entrevistado con relación a los vínculos parentales presentes en el hogar”.


Se calcula que esa “inconsistencia” del censo pasado estuvo en torno del 1,3%, información que puede arrojar cifras aproximadas sobre la cantidad de parejas convivientes del mismo sexo y hogares homoparentales que existían en Argentina en ese momento. Sin embargo, no existen datos de censos anteriores que permitan hacer un balance de esta información. Es necesario considerar también que las condiciones sociales de visibilidad de las parejas homosexuales se han modificado sustancialmente con el paso de los años, particularmente a partir del debate de la Ley de Unión Civil de Buenos Aires en 2002 y de la Ley de Matrimonio Igualitario, votada hace apenas dos meses.

Como en el Brasil, clave para generar cambios en el registro de grupos sociales en los censos nacionales ha sido la intervención del Movimiento Negro. En la Argentina el grupo África y su Diáspora confluyó con otras organizaciones sociales bajo un proyecto conjunto, al que se sumaron 100% Diversidad y Derechos, Lesmadres, y otras agrupaciones. Pese a la participación de organizaciones LGBT en este proyecto, sólo fue posible modificar el sistema de recolección de información para el caso de hogares homoparentales, debido a que las demandas de estos grupos fueron planteadas después de haber sido diseñadas las cédulas censales. No obstante, Gabriela Bacin, de la organización Lesmadres, señaló que han sido propuestos “cruces de información que resultarán útiles para conocer a nuestras propias comunidades. En esto tenemos el compromiso del INDEC, al igual que [la tarea] de trabajar en la modificación de la cédula para el próximo censo”, agregó.

La eliminación de la pauta de inconsistencia para parejas del mismo sexo representa un avance importante con relación a la falacia estadística que se habría cometido en el censo de 2001 al ser “corregidos” los datos sobre homoconyugalidad y homoparentalidad; sin embargo, para lograr un registro más acertado de las parejas del mismo sexo es necesario que las mismas sean registradas como tales al completar el formulario censal. Por este motivo, comenta Bacin, grupos activistas LGBT están implementando una estrategia publicitaria en las propias comunidades, con el fin de que las personas exijan buenas prácticas censales en el relevamiento.

Con respecto a la homoparentalidad, la activista de Lesmadres reconoció que el censo de 2010 maneja categorías “amplias y progresistas” para la definición de ‘hijo’, que no están determinadas por el reconocimiento legal del vínculo parental. Empero, afirma, “la idea es que las personas expliciten sus vínculos de maternidad, paternidad y pareja, teniendo la tranquilidad de la confidencialidad de los datos obtenidos”.

Por su parte, Martín Canevaro, presidente de 100% Diversidad y Derechos, valoró algo relevante para todas las comunidades cuyo registro se inaugura con este censo: la posibilidad de “saber cuántos somos y en qué condiciones vivimos”. Canevaro también comentó que las organizaciones sociales trabajarán con el INDEC en la capacitación de los censistas para que incorporen la perspectiva de diversidad sexual en su labor. Para Bacin, “en este momento lo que podemos hacer es trabajar en la capacitación de los censistas para que tengan una formación sobre las características y necesidades de nuestras poblaciones y para incorporar censistas de las diferentes comunidades”. Si bien el INDEC establece los lineamientos generales para la realización del censo, Álvarez señala que son los Institutos de Estadística y Censos de cada provincia los que llevan adelante esta labor, por lo que el pedido de los activistas de participar en la capacitación es una preocupación que se extiende a lo largo del territorio, ya que hay provincias argentinas donde son intensas las resistencias frente a temas de diversidad sexual como la aprobación de la ley de matrimonio igualitario.

Además de la identificación de los hogares homoparentales, el INDEC manifestó su compromiso en aportar datos sobre la comunidad trans. Esta medida brinda un apoyo significativo a los movimientos LGBT que impulsaron un proyecto de Ley de Identidad de Género con el cual buscan que el Poder Legislativo Nacional reconozca el derecho de las personas trans a rectificar sus datos registrales. Para la recolección de información sobre las personas trans los censistas deberán seguir algunas indicaciones relativas al registro de la expresión de género que priorizan la forma como se perciben a sí mismos los y las entrevistadas. No obstante, en este censo será mantenida la variable dicotómica varón/mujer. Álvarez explicó que “en el propio censo no se pueden obtener muchos datos debido a que la cédula censal ya está confeccionada”. Lamentó que “en este censo quedarán invisibilizadas las personas que respondan que su expresión de género es trans ya que en el cuestionario no hay lugar para esto”. Agregó sin embargo que próximamente se realizará una encuesta específica sobre esta población.

Con respecto al registro de las personas trans Álvarez señaló un problema clave para todo avance de este tipo en la tarea censal: algunas personas trans han manifestado su temor de que se genere un subregistro de esa población. Por las dificultades técnicas que supone esta innovación, al avanzar contra prejuicios muy arraigados en la sociedad que hacen que determinados datos sean inaudibles a oídos del censista o inexpresables del punto de vista del o la entrevistada, los resultados numéricos en una primera instancia pueden resultar inferiores a los esperados.

Ese fue otro motivo para que se decidiera realizar una encuesta específica posteriormente. Por ello, más allá de la medición del tamaño absoluto del segmento poblacional, Alba Rueda, activista trans de 100% Diversidad y Derechos, reiteró la necesidad de que el INDEC asuma “el compromiso de generar parámetros de medición que permitan conocer la alta vulnerabilidad social que vive la población travesti, transexual y transgénero”. Sería la primera vez que se obtendrían datos oficiales sobre la situación de las personas trans en la Argentina, principalmente respecto de sus actividades productivas. “Sabemos que, lamentablemente, un alto porcentaje de la población trans se encuentra en estado de prostitución. Aspiramos a que esa información sirva para generar políticas sociales y laborales”, puntualizó Rueda.

Por ser el diagnóstico poblacional más importante del país, el censo es una base fundamental para la formulación de políticas públicas. Para las categorías que serán incorporadas en el registro de este año, esta es una forma de salir de la invisibilidad estadística, formar parte de políticas públicas y legitimar sus demandas con base en la información obtenida. Florencia Gemetro, de la agrupación Lesmadres, explicó que a esta organización le interesa conocer el número de parejas lesbianas que tienen hijos así como la edad y escolarización de los mismos, para poder evidenciar la existencia de estas familias “sin tener que recurrir a relatos personales”. Gemetro señala que los resultados del censo también les permitirán definir acciones prioritarias. Por estas razones, le solicitaron al INDEC que realizara cruces específicos de datos que arrojen información pertinente para el diseño de materiales para docentes de diferentes niveles educacionales. Por otro lado, con el censo “también podremos saber si las parejas del mismo sexo tienen acceso al sistema de salud y cuál es su situación laboral, lo que nos ayudará a delinear políticas públicas más específicas”.

El censo en otros países de la región

Este año la diversidad sexual también es considerada en el censo realizado en el Brasil. El Instituto Brasileño de Geografía y Estadística (IBGE) incluyó por primera vez en el cuestionario la opción “cónyuge del mismo sexo”. Empero, el demógrafo Jose Eustáquio Diniz llamó la atención acerca de otros límites de esa categoría, dado que el censo no captará información relacionada con las parejas del mismo sexo que vivan en domicilios separados.

Otros especialistas consultados sobre este tema, como el demógrafo Gabriel Gallego, coinciden con activistas argentinos que afirman que además de visibilizar a las parejas homosexuales ante la ley es preciso incluirlas en las estadísticas oficiales, pues esta información concreta es la base para la construcción de políticas públicas. El Censo de Población y Vivienda 2010 efectuado durante los meses de mayo y junio en México, no incluyó en sus cuestionarios a las familias encabezadas por uniones lésbicas o gay. Gallego comentó que habría sido fácil introducir en el censo mexicano una opción adicional en la pregunta relativa al estado civil como “pareja del mismo sexo” o “unión igualitaria”. No obstante, afirma, “ni el Consejo Nacional de Población (Conapo) ni el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), han estudiado a las familias homoparentales; si tú consultas, te responderán con un 'no sé’”. En Colombia, su país natal, al igual que en otros países de la región como Chile y Perú, los censos poblacionales no incluyen preguntas relativas a las parejas homoparentales ni parecen existir, hasta el momento, iniciativas jurídicas o sociales para que esto ocurra.

Por el contrario, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), ente colombian a cargo del censo, tuvo que rectificar recientemente declaraciones públicas de uno de sus funcionarios en contra del reconocimiento de derechos de las parejas del mismo sexo. En octubre de 2009, la Corte Constitucional colombiana le solicitó al DANE un concepto sobre una demanda de inconstitucionalidad para reformar el artículo 113 del Código Civil que define el matrimonio como "un contrato por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse". Esta demanda busca ampliar el conjunto de derechos que pueden exigir las parejas del mismo sexo, así como su reconocimiento como familia. Domingo Ospina Villamarín, abogado de la Oficina Jurídica del ente, emitió un concepto desfavorable acudiendo a prejuicios homofóbicos y citas bíblicas en su argumentación.

Ante la polémica generada por el documento de Villamarín, el DANE tuvo que solicitarle al tribunal desechar el concepto emitido y aclarar que no le correspondía, como entidad, manifestar posición institucional alguna sobre el matrimonio, fuera homosexual o heterosexual, pues su conocimiento se limita a las uniones entre personas desde el punto de vista estadístico.

Publicada em: notícias CLAM

Página da matéria: CLAM

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